Tribuna
Juan Miguel Álvarez, Director de RTS International Loss Adjusters en México y Javier Santibáñez, Coordinador de RTS en España

 

Terremotos en México: Daños, medidas preventivas y análisis comparativo desde el punto de vista asegurador

20 de marzo de 2018

 

El equipo de RTS International Loss Adjusters, tras su experiencia in situ en los terremotos de México, hace una pequeña retrospectiva sobre los fenómenos que producen los sismos, los tipos de daños que originan y lo más importante, qué medidas preventivas se pueden tomar para intentar mitigar sus efectos. Por último, se establece una pequeña comparativa de los terremotos de México con los ocurridos en España, desde el punto de vista asegurador.

 

Eventos de septiembre de 2017 en México

El 7 de septiembre de 2017 México sufrió un terremoto de magnitud 8,2 que fue catalogado como el más fuerte en el país en 100 años. Sólo dos semanas después, el 19 de septiembre, México volvió a sufrir una nueva sacudida, en este caso de magnitud 7,1. A pesar de tener menor magnitud que el precedente, el último sismo ha quedado como uno de los terremotos más mortales de su historia reciente.

El 19 de septiembre de 2017 se registró de nuevo un gran terremoto, en este caso en Morelos, en el límite con el vecino estado de Puebla, hacia el centro del país. Se produjo a las 13:14 hora local (UTC−5) y tuvo una magnitud de 7,1 grados en la escala de Richter. Su hipocentro se localizó 12 km al sureste de Axochiapan, en el estado de Morelos (México), a una profundidad de 57 kilómetros. El sismo se sintió principalmente en la zona de Jojutla, Morelos y en la Ciudad de México.

El sismo del 19 de septiembre, de magnitud 7,1 causó más daños que el del 7 de septiembre, de magnitud 8,2. A pesar de que la magnitud era menor, el efecto de la cercanía del hipocentro acentúa las intensidades que se perciben. El sismo del 19 se registró mucho más cerca de áreas más pobladas y en particular de la Ciudad de México, la cual se encuentra parcialmente construida sobre los sedimentos de un antiguo lago, lo que amplifica las ondas sísmicas. Por su parte, el sismo del 7 de septiembre tuvo su epicentro en el mar, cerca de las costas del Pacífico, lo que atenúo la intensidad del terremoto en la Ciudad de México.

 

Efectos de un terremoto: arquitectónicos y estructurales

Normalmente se establecen dos tipos de daños, los que afectan a elementos arquitectónicos y los que lo hacen a elementos estructurales. Los daños en elementos arquitectónicos son los referidos a las fisuras, roturas o colapsos de muros, petos de cubiertas, acristalamientos y aplacados de fachadas y tabiquería interior, que en ningún caso dichas patologías comprometen la estabilidad del edificio.

Los daños en elementos estructurales son los que afectan a la estructura fundamental de los edificios o inmuebles, básicamente a los pilares, vigas y los encuentros entre ambos, así como también en las construcciones más antiguas, en los muros de carga, presentando también fallos las cajas y losas de escaleras, siendo en algunos casos económicamente inviables la reparación de estos elementos estructurales.

 

Medidas de prevención

A diferencia de cualquier otro tipo de evento meteorológico, como pueden ser los huracanes, los terremotos no se pueden predecir por lo que la mejor manera de prevenir los daños materiales en este tipo de eventos es mediante el cumplimiento de las normativas y reglamentos vigentes relacionados con la construcción de edificios. De esta manera, las construcciones podrán soportar las fuertes vibraciones y movimientos que se producen y los daños serán lo menos grave posible ya que tras los sismos de México se ha podido comprobar que más de la mitad de las estructuras no cumplían con el reglamento.

Es importante también disponer de una póliza de seguros que proteja el patrimonio ante las contingencias a las que están expuestos los bienes ante un sismo ya que, por ejemplo, en México, sólo el 10% de las PYMES cuentan con alguna cobertura frente a eventos como terremotos. Esta cifra contrasta con el 95% de aseguramiento que por dicho evento disponen las grandes empresas que operan allí, por lo que tras un sismo, muchas PYMES que no cuentan con dicho aseguramiento no son capaces de soportar económicamente los graves daños producidos y sus consecuencias, teniendo que cesar la actividad.

Por otro lado, los sismos del 7 y 19 de septiembre se cobraron 96 y 369 víctimas mortales respectivamente, por lo que para intentar minimizar las pérdidas humanas derivadas del colapso de edificios y/o por la caída de elementos arquitectónicos de los edificios, es importante concienciar a la población e instruirla para que sepan cómo actuar ante un sismo.

Las ondas sísmicas se desplazan a una velocidad que permite cierto tiempo de preparación a las ciudades más alejadas. Por el ejemplo, en el caso de la Ciudad de México, se estima que cuenta con unos 45 segundos de margen tras la ocurrencia de un terremoto en la costa pacífica antes de que se sientan los efectos del temblor.

Para aprovechar esta circunstancia, en el caso de México existe un sistema de alerta sísmica que cuenta con 96 sensores en la costa del Pacífico mexicano. Esta zona es la más activa sísmicamente y está relativamente alejada de la mayor de los principales núcleos de población.

Cuando se produce un temblor se activan los sensores y en este caso son ocho ciudades en el país las que están habilitadas para recibir la señal: Guadalajara, Colima, Morelia, Acapulco, Chilpancingo, Oaxaca, Puebla y la Ciudad de México.

En el caso del sismo del 7 de septiembre, los altavoces de la alerta sísmica de la Ciudad de México se activaron 97 segundos antes de que se sintiera el terremoto (se produjo en una zona muy alejada del centro del país), lo que permitió a millones de personas salir de sus casas con anticipación o permanecer en un lugar seguro. En el caso del sismo del 19 de septiembre, la zona del epicentro no estaba monitoreada por sensores dado que no es una zona muy activa.

 

Mercado Asegurador – Comparativa México/España

Desde el punto de vista asegurador, en México la cobertura de terremoto suele ser una garantía opcional de las pólizas emitidas por las aseguradoras que operan en México, y en la mayoría de los casos, para el cálculo de la indemnización disponen de la aplicación de un coaseguro (por parte del asegurado) y un deducible o franquicia. Respecto al coaseguro, el asegurado soporta por su propia cuenta y conforme a la zona sísmica donde se localicen los bienes, un % de aseguramiento, que suele ser de un 10%, 25% o 30% de toda pérdida o daño que sobrevenga a los bienes por el terremoto, es decir, se le transfiere al asegurado un % de su propio riesgo.

En cuanto al deducible o franquicia, en cada reclamación por daños materiales por el terremoto se aplican también unos deducibles que oscilan entre el 2% y el 5%, dependiendo también de la zona sísmica donde se localicen los bienes, y a diferencia de España, ese porcentaje se aplica a la suma asegurada correspondiente a cada bien, y no a los daños. En caso de aplicar deducible y coaseguro, siempre se aplicará primero el coaseguro y después el deducible.

En el caso de España, disponen de un sistema de aseguramiento de catástrofes naturales, a través del denominado Seguro de Riesgos Extraordinarios, sistema que goza de amplia notoriedad y reconocimiento en el ámbito internacional, y que es gestionado por el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), entidad pública dependiente del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

En el ámbito del aseguramiento de los riesgos extraordinarios se cubren los daños producidos por siniestros generados por eventos de la naturaleza o por actos de carácter violento. Entre los primeros, se encuentra el terremoto. La cobertura de los riesgos extraordinarios está obligatoriamente incluida en las pólizas de la mayoría de los ramos de daños a los bienes, así como en las de accidentes personales y de vida, de tal manera que, al emitirse una póliza por una aseguradora privada en España, automáticamente es el CCS quien asume esos riesgos extraordinarios, cobrando por tanto un recargo en el pago de la prima en función del tipo de riesgo y los capitales asegurados, que va destinado al CCS.

Por tanto, solo indemnizan daños a los afectados que dispongan de un seguro y hayan abonado el recargo correspondiente. Para ello, tras producirse el siniestro, y a partir de la comunicación de daños que presenten los asegurados al CCS, es dicho organismo quien a través de su red de peritos se encarga de valorar las pérdidas y proceder a la indemnización que corresponda. En los seguros contra daños en las cosas, el CCS aplica una franquicia del 7% de la cuantía de los daños indemnizables por el terremoto, si bien, tal franquicia no es aplicable a viviendas y comunidades de propietarios, que están exentos de franquicia.

 

RTS International Loss Adjusters en México

Más de 25 Ajustadores de la firma RTS han intervenido en el terremoto de México y han tenido oportunidad de inspeccionar todo tipo de daños, desde los más leves, consistentes en fisuras en los acabados de paramentos verticales, cielos rasos y falsos techos, hasta el colapso de edificios y viviendas donde la estructura no soportó el envite de alguno de los sismos.

En los casos más severos de colapsos o daños estructurales, en los que protección civil y/o los Directores Responsables de Obra (DRO) han determinado que la estructura compromete la seguridad de los usuarios de dichos inmuebles, surgen dos tipos de consecuencias asociadas a dichos daños materiales.

  1. En los casos de viviendas habitacionales, es importante para las autoridades, así como para el mercado asegurador, intentar dar soporte a las personas que ocupan dichas viviendas, pues se han quedado literalmente en la calle y normalmente suele ser personas o familias con escasos recursos.
  2. En los casos de empresas y/o industrias, el objetivo se enfoca en intentar reparar los daños estructurales cuanto antes para que se pueda retomar la actividad de nuevo en la empresa o buscar un local alternativo, si la naturaleza del riesgo así lo permite o intentar derivar la producción a otra empresa del sector, con el fin de intentar minimizar dichas pérdidas consecuenciales.

 

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